Abreviatura: Ley No. 358-05
Descripción: Las disposiciones de la presente ley tienen por objeto establecer un regimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario que garantice la equidad y la seguridad juridica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho publico o privado, nacionales o extranjeros, en armonia con las disposiciones al efecto contenidas en las leyes sectoriales.
Fecha de Promulgación: 2005-09-09
Tipo: Administrativa
URL: leyes/Ley_General_de_Proteccion_de_los_Derechos_del_Consumidor_o_Usuario_No__358-05.pdf
ID: 3911
Artículo 110 de la Ley No. 358-05 General de Proteccion de los Derechos del Consumidor o Usuario: Art. 110.- Son infracciones muy graves las que cumplan con alguna de las siguientes condiciones: a) Las que sean, en todo o en parte, concurrentes con infracciones sanitarias muy graves o hayan servido para facilitarlas o encubrirlas; b) Las que supongan la extensión de la alteraci6n, adulteraci6n o fraude a realizar por terceros a quienes se facilita la sustancia, medios o procedimientos para realizarlos, enmascararlos o encubrirlos; c) La reincidencia en infracciones graves en los últimos cinco (5) años, que no sean a su vez consecuencia de reincidencia en infracciones leves; d) La creaci6n de una situaci6n de desabastecimiento en un sector o zona del mercado determinada por una infracci6n; e) La aplicaci6n de precios o margenes comerciales en cuantia notablemente superior a los limites autorizados para los bienes o servicios cuyos precios se encuentren regulados; f) La negativa absoluta a facilitar informaci6n o prestar colaboraci6n a los servicios de inspecci6n.
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