Detalle de la Ley

Artículo 104 de la Ley No. 358-05 General de Proteccion de los Derechos del Consumidor o Usuario

Abreviatura: Ley No. 358-05

Descripción: Las disposiciones de la presente ley tienen por objeto establecer un regimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario que garantice la equidad y la seguridad juridica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho publico o privado, nacionales o extranjeros, en armonia con las disposiciones al efecto contenidas en las leyes sectoriales.

Fecha de Promulgación: 2005-09-09

Tipo: Administrativa

URL: leyes/Ley_General_de_Proteccion_de_los_Derechos_del_Consumidor_o_Usuario_No__358-05.pdf

Detalle del Artículo

ID: 3905

Artículo 104 de la Ley No. 358-05 General de Proteccion de los Derechos del Consumidor o Usuario: Art. 104.- Violaciones. Las infracciones en materia de consumo serán objeto de las sanciones correspondientes, previa instrucci6n del expediente sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir. Párrafo 1.- En caso de instrucci6n de causa penal ante los tribunales de just1cia, se mantendrán las medidas administrativas que hubieran sido adoptadas para salvaguardar la salud y seguridad de las personas en tanto la autoridad judicial se pronuncie sobre las mismas. Párrafo II.- En ningún caso se producirá una doble sanci6n por los mismos hechos y en funci6n de los mismos intereses públicos protegidos, si bien deberán exigirse las demás responsabilidades que se deduzcan de otros hechos o infracciones concurrentes.

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