Abreviatura: Ley No. 358-05
Descripción: Las disposiciones de la presente ley tienen por objeto establecer un regimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario que garantice la equidad y la seguridad juridica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho publico o privado, nacionales o extranjeros, en armonia con las disposiciones al efecto contenidas en las leyes sectoriales.
Fecha de Promulgación: 2005-09-09
Tipo: Administrativa
URL: leyes/Ley_General_de_Proteccion_de_los_Derechos_del_Consumidor_o_Usuario_No__358-05.pdf
ID: 3830
Artículo 29 de la Ley No. 358-05 General de Proteccion de los Derechos del Consumidor o Usuario: Art. 29.- El Consejo Directivo de Pro Consumidor establecerá mediante reglamento, el régimen de las inspecciones, que deberá consignar por lo menos los siguientes aspectos: a) Reclutamiento y promoción por merito; b) Perfil específico del inspector; c) Sistema aleatorio para las inspecciones regulares; d) Organo de control intemo y supervision; e) Reglas de confidencialidad; f) Credenciales; g) Incentivos; h) Horarios; i) Descripci6n sucinta del mecanismo para las inspecciones; j) Formalidad del acto que se levanta en ocasi6n de la inspecci6n; k) Creaci6n del departamento de inspectoria; y 1) Nombramiento de la direcci6n del control intemo de los inspectores por el Consejo Directivo de Pro Consumidor. Parrafo 1.- El proceso de inspecci6n y vigilancia debeni llevarse a cabo sin lesionar la confidencialidad de datos y documentos suministrados de conformidad con la presente ley. Parrafo II.- En caso de violaci6n de las obligaciones establecidas en la presente ley por parte del personal nombrado por Pro Consumidor, estos senin susceptibles de las sanciones previstas en la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y en el C6digo Penal.
Regresar