Abreviatura: CDRD
Descripción: Son comerciantes todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.
Fecha de Promulgación: 2020-12-12
Tipo: Administrativa
ID: 3676
Artículo 605 de la Código de comercio de la Republica Dominicana: Art. 605.- Toda demanda en rehabilitación se dirigirá a la Suprema Corte de Justicia. El demandante deberá unir a su instancia, la carta de pago y otros documentos justificativos.
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