Detalle de la Ley

Artículo 147 de la Ley General de Migración

Abreviatura: Ley 285-04

Descripción: La presente ley ordena y regula los flujos migratorios en el territorio nacional, tanto en lo referente a la entrada, la permanencia y la salida, como a la inmigración, la emigración y el retorno de los nacionales.

Fecha de Promulgación: 2004-07-21

Tipo: Administrativa

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Ley%20General%20de%20Migraci%c3%b3n_NO_285-04.pdf

Detalle del Artículo

ID: 3064

Artículo 147 de la Ley General de Migración: La Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, con el apoyo y en coordinación con la Dirección General de Migración, podrá ejecutar programas de retorno de emigrados. Estos programas se definirán en correspondencia con estudios técnicos de las entidades gubernamentales calificadas para tal efecto, en particular con el Instituto Nacional de Migración.

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