Abreviatura: Ley 285-04
Descripción: La presente ley ordena y regula los flujos migratorios en el territorio nacional, tanto en lo referente a la entrada, la permanencia y la salida, como a la inmigración, la emigración y el retorno de los nacionales.
Fecha de Promulgación: 2004-07-21
Tipo: Administrativa
URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Ley%20General%20de%20Migraci%c3%b3n_NO_285-04.pdf
ID: 3057
Artículo 140 de la Ley General de Migración: Art. 140.- El Poder Ejecutivo mediante decreto fijará los montos por derechos que deberán abonarse por los beneficios que concede la presente ley, así como por los servicios prestados y documentos expedidos por la Dirección General de Migración o de cualquier otra autoridad competente, que se indican a continuación: 1. Residencia Permanente. 2. Residencia Temporal. 3. Renovación de Residencia Permanente o Residencia Temporal. 4. Permiso de Reentrada para extranjeros. 5. Certificado de constancia de residencia. 6. Derecho de expedición por carnet de Residente y de Trabajador Temporero. 7. Permiso de Estadía de Trabajadores Temporeros. 8. Derecho a solicitud de prórroga. 9. Certificado de constancia de entrada y salida. 10. Derecho por pérdida de la Tarjeta de Turismo. 11. Enrolar y desenrolar tripulaciones marítimas. 12. Pago por servicios de inspectores de control migratorio fuera del horario normal. 13. Derecho a Cruce de Frontera. 14. Derecho de custodia a persona extranjera en tránsito. 15. Por cualquier otro servicio en cumplimiento de lo que disponga esta ley y su reglamento.
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