Detalle de la Ley

Artículo 68 de la Ley General de Migración

Abreviatura: Ley 285-04

Descripción: La presente ley ordena y regula los flujos migratorios en el territorio nacional, tanto en lo referente a la entrada, la permanencia y la salida, como a la inmigración, la emigración y el retorno de los nacionales.

Fecha de Promulgación: 2004-07-21

Tipo: Administrativa

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Ley%20General%20de%20Migraci%c3%b3n_NO_285-04.pdf

Detalle del Artículo

ID: 2985

Artículo 68 de la Ley General de Migración: Art. 68.- Es ilegal la entrada al territorio nacional del extranjero que estuviese incluido en alguna de las siguientes situaciones: a. Hubiere entrado al país por lugar no habilitado a tales efectos evadiendo el control migratorio de entrada. b. Hubiere entrado con documentación falsa o incompleta. c. Hubiere ingresado al país con documentación genuina pero obtenida fraudulentamente.

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