Detalle de la Ley

Artículo 48 de la Ley General de Migración

Abreviatura: Ley 285-04

Descripción: La presente ley ordena y regula los flujos migratorios en el territorio nacional, tanto en lo referente a la entrada, la permanencia y la salida, como a la inmigración, la emigración y el retorno de los nacionales.

Fecha de Promulgación: 2004-07-21

Tipo: Administrativa

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Ley%20General%20de%20Migraci%c3%b3n_NO_285-04.pdf

Detalle del Artículo

ID: 2965

Artículo 48 de la Ley General de Migración: Art. 48.- En caso de apátridas, asilados, refugiados o de personas que por circunstancias justificadas carecieran de los documentos necesarios para ser admitidos en el país, el Director General de Migración, en coordinación con la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, podrá mediante resolución fundada, exceptuarlos de presentar algunos de los documentos requeridos.

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