Detalle de la Ley

Artículo 42 de la Ley General de Migración

Abreviatura: Ley 285-04

Descripción: La presente ley ordena y regula los flujos migratorios en el territorio nacional, tanto en lo referente a la entrada, la permanencia y la salida, como a la inmigración, la emigración y el retorno de los nacionales.

Fecha de Promulgación: 2004-07-21

Tipo: Administrativa

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Ley%20General%20de%20Migraci%c3%b3n_NO_285-04.pdf

Detalle del Artículo

ID: 2959

Artículo 42 de la Ley General de Migración: Art. 42.- La Dirección General de Migración procederá a cancelar la permanencia de los extranjeros admitidos en cualquier categoría y subcategoría, si se comprueba que hubiesen obtenido el ingreso o permanencia en el país mediante declaración o presentación de documentos falsos, o si se comprueba, con posterioridad a su ingreso, que estaban comprendidos en algunos de los impedimentos de admisión previsto por esta ley.

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