Detalle de la Ley

Artículo 17 de la Ley General de Migración

Abreviatura: Ley 285-04

Descripción: La presente ley ordena y regula los flujos migratorios en el territorio nacional, tanto en lo referente a la entrada, la permanencia y la salida, como a la inmigración, la emigración y el retorno de los nacionales.

Fecha de Promulgación: 2004-07-21

Tipo: Administrativa

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Ley%20General%20de%20Migraci%c3%b3n_NO_285-04.pdf

Detalle del Artículo

ID: 2934

Artículo 17 de la Ley General de Migración: Art. 17.- Para los efectos de esta ley se entiende por visa, el permiso otorgado por los funcionarios competentes de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, tanto de la Cancillería como del Servicio Exterior, expedido sobre los pasaportes válidos o documentos de viaje admitidos como tales, que constituye una facilidad migratoria que da vocación legal al extranjero de ser admitido en el país.

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