Abreviatura: Ley No. 11-92
Descripción: El presente Título I establece las disposiciones generales aplicables a todos los tributos internos nacionales y a las relaciones jurídicas emergentes de ellos. Los Títulos II, III, y IV corresponden al Impuesto sobre la Renta, al Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios y al Impuesto Selectivo de Consumo, respectivamente. Cada Título subsiguiente corresponderá, a cada uno de los impuestos que serán incorporados a este código en la medida que avance el proceso de la Reforma Tributaria.
Fecha de Promulgación: 1992-05-16
Tipo: Administrativa
URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/CODIGO_TRIBUTARIO%20_Ley%20No_11-92.pdf
ID: 2912
Artículo 407 de la Código Tributario Dominicano: Artículo 407. Crédito Contra El Impuesto Sobre La Renta. El monto liquidado por concepto de este impuesto se considerará un crédito contra el Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal declarado. Párrafo I. Si el monto liquidado por concepto de impuesto sobre la renta fuese igual o superior al impuesto sobre activos a pagar, se considerará extinguida la obligación de pago de este último. Párrafo II. En el caso de que luego de aplicado el crédito a que se refiere este artículo existiese una diferencia a pagar por concepto de impuesto sobre activos, por ser el monto de éste superior al importe del impuesto sobre la renta, el contribuyente pagará la diferencia a favor del fisco en las dos cuotas previstas en el artículo 405, de este Código, divididas en partes iguales.
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