Abreviatura: Ley No. 11-92
Descripción: El presente Título I establece las disposiciones generales aplicables a todos los tributos internos nacionales y a las relaciones jurídicas emergentes de ellos. Los Títulos II, III, y IV corresponden al Impuesto sobre la Renta, al Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios y al Impuesto Selectivo de Consumo, respectivamente. Cada Título subsiguiente corresponderá, a cada uno de los impuestos que serán incorporados a este código en la medida que avance el proceso de la Reforma Tributaria.
Fecha de Promulgación: 1992-05-16
Tipo: Administrativa
URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/CODIGO_TRIBUTARIO%20_Ley%20No_11-92.pdf
ID: 2786
Artículo 282 de la Código Tributario Dominicano: Artículo 282.- Responsabilidad Solidaria De Los Representantes Locales De Empresas Extranjeras. Los representantes legales, agentes, gerentes o administradores de empresas, personas o entidades del extranjero que operen en el país, responderán solidariamente con ellas por el pago de los impuestos que les sean aplicables, sin perjuicio de su responsabilidad personal cuando actúen con abuso de las formas jurídicas o con fraude a la ley, y de las sanciones penales a que haya lugar.
Regresar