Detalle de la Ley

Artículo 182 de la Código Tributario Dominicano

Abreviatura: Ley No. 11-92

Descripción: El presente Título I establece las disposiciones generales aplicables a todos los tributos internos nacionales y a las relaciones jurídicas emergentes de ellos. Los Títulos II, III, y IV corresponden al Impuesto sobre la Renta, al Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios y al Impuesto Selectivo de Consumo, respectivamente. Cada Título subsiguiente corresponderá, a cada uno de los impuestos que serán incorporados a este código en la medida que avance el proceso de la Reforma Tributaria.

Fecha de Promulgación: 1992-05-16

Tipo: Administrativa

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/CODIGO_TRIBUTARIO%20_Ley%20No_11-92.pdf

Detalle del Artículo

ID: 2686

Artículo 182 de la Código Tributario Dominicano: Artículo 182. Aplicación De Sellos De Rentas Internas. Todo documento presentado al Tribunal Contencioso Tributario por particulares deberá llevar adherido a cada página un sello de Rentas Internas del valor de RD$1.00 cada uno. En caso de ganancia de causa, el particular tendrá derecho al reembolso de las sumas así empleadas. (Derogado por el Literal h) del Artículo Único de la Ley No.225-01, del 12 de enero del 2002).

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