Detalle de la Ley

Artículo 232 de la Código Procesal Penal Dominicano

Abreviatura: CPP

Descripción: Código que establece las normas penales y sanciones en la República Dominicana.

Fecha de Promulgación: 1997-12-19

Tipo: Penal

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Codigo_Procesal_Penal_de_la_Republica_Dominicana.pdf

Detalle del Artículo

ID: 232

Artículo 232 de la Código Procesal Penal Dominicano: Art. 232.- Acta. Previo a la ejecución de las medidas de coerción, cuando corresponda, se levanta un acta en la que conste: 1) La notificación al imputado;; 2) La identificación y el domicilio de la institución o de los particulares que intervengan en la ejecución de la medida y la aceptación de la función u obligación que les ha sido asignada; 3) El señalamiento del lugar o la forma para recibir notificaciones;; 4) La promesa formal del imputado de presentarse a las citaciones.

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