Detalle de la Ley

Artículo 79 de la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Abreviatura: Ley No. 87-01

Descripción: La presente ley tiene por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitucihn de la Republica Dominican% para regularla y desarrollar 10s derechos y deberes reciprocos del Estado y de 10s ciudadanos en lo concerniente a1 financiamiento para la proteccihn de la poblacihn contra 10s riesgos de vejez, discapacidad, cesantia por edad avanzada, sobre vivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales. El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones publicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a 10s recursos fisicos y humanos, asi como las normas y procedimientos que 10s rigen.

Fecha de Promulgación: 2001-05-09

Tipo: Administrativa

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Ley_No_87-01_que_crea_el_Sistema_Dominicano_de_Seguridad_Social.pdf

Detalle del Artículo

ID: 2283

Artículo 79 de la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.: Servicios sociales para pensionados y jubilados. El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) gestionará ante el Estado Dominicano la ejecución gradual de servicios sociales a fin de que los jubilados y pensionados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), tanto del Régimen Contributivo, así como de los regímenes subsidiado y contributivo subsidiado, tengan acceso a las siguientes prestaciones sociales y consideraciones especiales: a) Programas de orientación, adaptación y educación a través de los medios de comunicación social; b) Terapia ocupacional de los envejecientes; c) Hogares para envejecientes; d) Clubes sociales y recreativos para la tercera edad; e) Tarifas especiales en actividades recreativas, educativas, deportivas y culturales; f) Tarifas especiales en el transporte público y en actividades turísticas; g) Precios especiales en la compra de libros, revistas y útiles educativos, ropa y enceres domésticos, entre otros; h) Tratamiento especial en las actividades públicas y privadas; i) Otros servicios sociales que contribuyan a la salud física y mental de los mayores de edad.

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