Detalle de la Ley

Artículo 336 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

Abreviatura: Ley No. 63-17

Descripción: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

Fecha de Promulgación: 2017-02-24

Tipo: Civil

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/MARCO_LEGAL_LEY_63-17_SOBRE_TRANSITO_TRANSPORTE_Y_SEGURIDAD_VIAL.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1976

Artículo 336 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: Artículo 336.- Reglamento para la conformación de la estructura orgánica funcional del INTRANT. El INTRANT, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública, elaborará y someterá al Poder Ejecutivo, en un plazo de seis (6) meses, y a partir de la promulgación de esta ley, los reglamentos que establecen las estructuras orgánicas y funcionales. Párrafo.- El reglamento para el funcionamiento de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT) será elaborado por el Ministerio de Interior y Policía, en coordinación con el INTRANT.

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