Abreviatura: Ley No. 63-17
Descripción: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.
Fecha de Promulgación: 2017-02-24
Tipo: Civil
ID: 1956
Artículo 316 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: Artículo 316.- Personal fiscalizador del INTRANT y los ayuntamientos. El personal fiscalizador del INTRANT y los ayuntamientos puede en todo momento inspeccionar los vehículos utilizados en la prestación de los servicios de transporte terrestre para comprobar el estricto cumplimiento de las exigencias legales, regulatorias y contractuales en vigor. Se requerirá el auxilio de la DIGESETT en su caso tanto para obtener la detención del vehículo como para hacer cumplir las indicaciones de los fiscalizadores del INTRANT y los ayuntamientos y los procedimientos autorizados.
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