Detalle de la Ley

Artículo 240 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

Abreviatura: Ley No. 63-17

Descripción: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

Fecha de Promulgación: 2017-02-24

Tipo: Civil

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/MARCO_LEGAL_LEY_63-17_SOBRE_TRANSITO_TRANSPORTE_Y_SEGURIDAD_VIAL.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1880

Artículo 240 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: Artículo 240.- Estacionamiento de vehículos de entidades o compañías de servicios públicos. Estarán exentos de las reglas sobre estacionamiento dispuestas en el Artículo 234 de la presente ley, los vehículos de entidades o compañías que presten servicio público, cuando los mismos sean utilizados en operaciones de emergencia para corregir roturas, averías o interrupciones a dichos servicios.

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