Abreviatura: Ley No. 63-17
Descripción: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.
Fecha de Promulgación: 2017-02-24
Tipo: Civil
ID: 1798
Artículo 158 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: Artículo 158.- Colocación de propaganda en vías públicas. Las personas que coloquen letreros, carteles y otros medios de publicidad o propaganda en las vías públicas sin la autorización del INTRANT o del ayuntamiento correspondiente, serán sancionadas con una multa de uno (1) a tres (3) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado. Párrafo I.- El INTRANT fijará las dimensiones máximas de los letreros y demás medios de propaganda, su distancia, y cualquier otra condición que considere conveniente. Párrafo II.- El INTRANT o los ayuntamientos removerán de las vías públicas letreros, carteles y otros medios de propaganda colocados en contraposición de esta ley o sus reglamentos.
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