Abreviatura: Ley No. 63-17
Descripción: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.
Fecha de Promulgación: 2017-02-24
Tipo: Civil
ID: 1668
Artículo 28 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: Artículo 28.- Creación. Se crea la Escuela Nacional de Educación Vial (ENEVIAL)como una dependencia del INTRANT. Tendrá un Director, quien deberá cumplir los requisitos siguientes: 1. Ser ciudadano dominicano y en pleno ejercicio de sus derechos civiles. 2. Poseer título universitario o su equivalente, preferiblemente con especialización en gerencia pública o experiencia probada en el área de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial o áreas afines. 3. Contar con experiencia y conocimiento de gerencia y administración de organismos públicos o privados, y en dirección y coordinación de personal y proyectos. Párrafo.- El Consejo de Dirección del INTRANT elegirá al Director de la Escuela Nacional de Educación Vial (ENEVIAL) por dos (2) años, de una terna presentada por el Director del INTRANT, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros en la primera convocatoria y con la mayoría simple en la siguiente convocatoria, en caso de que sea necesario, pudiendo éste ser removido antes del término por faltas graves o bajo rendimiento de sus funciones.
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