Abreviatura: Ley No. 590-16
Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.
Fecha de Promulgación: 2000-08-15
Tipo: Policía
ID: 1640
Artículo 176 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 176. Régimen de compensaciones. Los haberes constituidos por sueldo, especialismos y compensaciones inherentes a la función policial, son la retribución mensual que el Estado hace a los miembros de la Policía Nacional en servicio activo y en retiro. El monto del mismo será estipulado en el presupuesto de la institución policial, y se regulará periódicamente en base a la homologación de puestos con los del sector público, al costo de la vida y a los índices de inflación.
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