Abreviatura: Ley No. 590-16
Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.
Fecha de Promulgación: 2000-08-15
Tipo: Policía
ID: 1621
Artículo 157 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 157. Criterios de gradualidad de la sanción. Las sanciones disciplinarias, en aplicación del principio de proporcionalidad, serán graduadas bajo los siguientes criterios: 1) La intencionalidad. 2) La reincidencia. Existe reincidencia cuando el servidor público, al cometer la falta, ya hubiera sido anteriormente sancionado en resolución firme por otra falta de mayor gravedad o por dos de gravedad igual o inferior. 3) El historial profesional, que, a estos efectos, sólo podrá valorarse como circunstancia atenuante. 4) La incidencia sobre la seguridad ciudadana. 5) La perturbación en el normal funcionamiento de la Administración o de los servicios que le estén encomendados. 6) El grado de afectación a los principios de disciplina, jerarquía y subordinación.
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