Abreviatura: Ley No. 590-16
Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.
Fecha de Promulgación: 2000-08-15
Tipo: Policía
ID: 1548
Artículo 85 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 85. Plazas para ascensos. El número de ascensos está determinado por el personal que según el Consejo Superior Policial requiera la Policía Nacional para cumplir con los requerimientos de la función policial, por lo que la aprobación de las plazas para cada rango está sujeta a la pirámide que responda a la cadena de mando con funciones en la estructura policial, aplicándose cada año conforme al presupuesto asignado a la institución.
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