Abreviatura: Ley No. 590-16
Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.
Fecha de Promulgación: 2000-08-15
Tipo: Policía
ID: 1490
Artículo 27 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 27. Viajes al extranjero. El Director General de la Policía Nacional sólo podrá viajar al extranjero, previa autorización del Presidente de la República, debiendo depositar el mando en el Subdirector General de la institución, mientras se encuentre fuera del país.
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