Detalle de la Ley

Artículo 711 de la Código de Trabajo

Abreviatura: CT

Descripción: Código que establece las normas laborales y los derechos de los trabajadores.

Fecha de Promulgación: 1992-05-16

Tipo: Laboral

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/codigo_de_trabajo_ley_16_92.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1436

Artículo 711 de la Código de Trabajo: Art. 711.- Compete a los tribunales ordinarios el conocimiento de las infracciones penales previstas en este Código. En los casos de infracciones conexas a litigios en curso ante los tribunales de trabajo, la acción pública queda sobreseida hasta que dichos tribunales decidan definitivamente. La disposición que antecede es aplicable a los casos de conflictos económicos sometidos a conciliación y arbitraje. Las persecuciones y procedimientos penales en curso ante los tribunales ordinarios quedarán sobreseídos al iniciarse cualquier demanda ante los tribunales de trabajo o al promoverse cualquier conflicto económico, que deban ser resueltos de acuerdo con las disposiciones del Libro Séptimo del presente Código, hasta que recaiga la solución definitiva.

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