Detalle de la Ley

Artículo 514 de la Código de Trabajo

Abreviatura: CT

Descripción: Código que establece las normas laborales y los derechos de los trabajadores.

Fecha de Promulgación: 1992-05-16

Tipo: Laboral

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/codigo_de_trabajo_ley_16_92.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1239

Artículo 514 de la Código de Trabajo: Art. 514.- El escrito de la parte demandada contendrá las siguientes enunciaciones: 1. Designación del juzgado al cual se dirija; 2. Nombre, profesión y domicilio real y menciones relativas a la cédula personal de identidad de la parte demandada, e indicación precisa de un domicilio de elección en el lugar donde tenga su asiento el tribunal apoderado; 3. Nombre, profesión y domicilio real de la parte demandante y fechas del escrito de ésta, del auto del juez y de la notificación de la demanda; 4. Conformidad o reparos de la parte demandada en cuanto a los hechos expuestos por la demandante, y si hay lugar, exposición sucinta de otros hechos, del lugar donde han ocurrido y su fecha, exacta o aproximada. 5. Exposición sumaria de los medios y alegatos opuestos a la demanda; 6. Fecha del escrito y firma de la parte demandada o de su mandatario, si lo tiene. Si la parte demandada no sabe firmar ni tiene mandatario que lo haga por ella, se observará lo prescrito en el ordinal 6o del artículo 509. Lo dispuesto en el artículo 510 es aplicable a la parte demandada.

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