Artículo Artículo 231

Art. 231.- Resolución. La resolución que impone una medida de coerción debe contener: 1) Los datos personales del imputado o los que sirvan para identificarlo; 2) La enunciación del hecho que se le atribuye y su calificación jurídica; 3) La indicación de la medida y las razones por las cuales el juez estima que los presupuestos que la motivan concurren en el caso; 4) La fecha en que vence el plazo máximo de vigencia de la medida.

Ley: Código Procesal Penal Dominicano