Artículo 121.- Sobre las dimensiones, peso de los vehículos y tipos de cargas. Los vehículos de transporte de cargas estarán sujetos a las regulaciones respecto al tipo de carga, dimensiones, pesos máximos de vehículos o equipos y medidas de seguridad que determinará el INTRANT.
Ley: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial