Artículo 151. Disciplina policial. La disciplina policial es la actitud de respeto y cumplimiento de las leyes, reglamentos, procedimientos que constituyen la base fundamental sobre la cual descansa la estructura de la Policía Nacional. La disciplina es una de las condiciones esenciales para el funcionamiento de la institución policial; abarca a todos sus miembros, los cuales podrán ser sancionados por acciones u omisiones tipificadas o descritas como faltas disciplinarias en esta ley y sus reglamentos.
Ley: Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional